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Capítulo 6 – Tipificación de las situaciones de convivencia

Capítulo 6

6.12 Criterios de valoración y tipificación de situaciones de convivencia escolar

Para valorar adecuadamente una situación que afecte la convivencia escolar es necesario tener en cuenta los siguientes parámetros:

  • El contexto donde se desenvuelve el estudiante.
  • La situación familiar en la que se encuentra.
  • La edad, el grado que cursa.
  • Análisis objetivo del hecho que produjo la situación.
  • El tipo de situación que afectó la convivencia escolar.
  • Antecedentes comportamentales (registro de coordinación, ficha de seguimiento).
  • Naturaleza, efectos, circunstancia de los hechos.
  • Motivos determinantes y las circunstancias eximentes.

 6.12.1 Situaciones TIPO I con incidencia en los procesos de convivencia escolar

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo y a la salud.

Son consideradas situaciones TIPO I:

  • Realizar cualquier actividad lucrativa sin autorización de la rectoría.
  • Modales incorrectos, vocabulario soez y juegos bruscos o de mano.
  • Presentar conductas que vayan en contra del medio ambiente, el aseo y la buena presentación del aula de clase y del Colegio.
  • Ingresar a las oficinas o a la sala de profesores sin autorización.
  • Salir del aula sin autorización.
  • Interferir o impedir la comunicación entre el Colegio y los padres de familia.
  • Usar un vocabulario soez o descomedido, dar un trato descortés e irrespetuoso a los compañeros, docentes, directivas o cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • Hacer mal uso o dañar los enseres del Colegio.  Rayar los pupitres, paredes, tableros o carteleras; dar un mal trato a los implementos deportivos, computadores, instrumentos musicales, equipos electrónicos, de laboratorio, biblioteca y demás considerados por el Colegio.
  • Ingresar o utilizar implementos de espacios institucionales (laboratorio, cafetería, sala de sistemas, biblioteca, salones de audiovisuales e interactivos y oficinas, entre otros.) sin autorización de docentes o directivas.
  • Ausentarse del Colegio sin la autorización escrita del acudiente y la respectiva autorización de Coordinación Académica y de Convivencia.
  • Impuntualidad o inasistencias injustificadas hasta por tercera vez.
  • Desacato e indiferencia frente las observaciones de docentes y directivos del Colegio.
  • Manifestar de forma excesiva, pública o privadamente el afecto por compañeros dentro o en los alrededores del Colegio (sujeto a la interpretación y criterio del comité de convivencia escolar).
  • Realizar acciones que atenten contra la sana convivencia social e institucional portando el uniforme.
  • Hacer uso de los símbolos institucionales para fines publicitarios sin autorización de la Rectoría.
  • Dañar, destruir o deteriorar con mala intención el patrimonio físico, cultural o ecológico del Colegio.
  • Encubrir las situaciones personales o colectivas que afecten la sana convivencia o deterioren los recursos del Colegio.
  • Mostrar o manifestar desacato ante las normas de convivencia establecidas por el Colegio.
  • Irrespetar los símbolos patrios y los institucionales.
  • Lucrarse con juegos de azar, apuestas o actividades de tipo académico.
  • Interrumpir las clases o actividades del Colegio de manera reiterativa con eructos, bostezos exagerados y otros ruidos desagradables.
  • Hacer uso de olores químicos para alterar actividades institucionales.
  • No cumplir una sanción o correctivo impuesto por las figuras de autoridad.
  • Alterar documentos, registros de evaluación o asistencia, certificados u otros para lograr beneficios.
  • Planear, liderar, participar, apoyar u ocultar los responsables de actos que afecten la sana convivencia o la estructura física o material del Colegio.
  • Alterar documentos, registros de evaluación o asistencia, certificados u otros para lograr beneficios.
  • Planear, liderar, participar, apoyar u ocultar los responsables de actos que afecten la sana convivencia o la estructura física o material del Colegio.
  • Incumplir los compromisos formativos o académicos establecidos con el Colegio.
  • Suplantar o hacerse suplantar para evadir responsabilidades u obtener un beneficio.
  • Invadir con mala intención la propiedad ajena.
  • Fumar cigarrillo, tabaco, cigarrillo electrónico, cannabis o vaporizadores en el Colegio, o en sus alrededores portando el uniforme.
  • Las demás situaciones que sean consideradas por la autoridad competente de conocerlas y valorarlas, especialmente aquellas que atenten contra sus deberes o los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.

6.12.2 Situaciones TIPO II con incidencia en los procesos de convivencia escolar

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

  1. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
  2. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

Son consideradas situaciones TIPO II:

  • Hacer comentarios o acciones que atenten contra la honra y dignidad propia o la de otras personas de manera reiterada.
  • Vulnerar repetidamente a cualquier miembro de la comunidad educativa con acciones o comentarios descomedidos en torno a su condición física, cognitiva, sexual, de género, racial, religiosa, ideológica y socioeconómica.
  • Participar o propiciar situaciones de agresión física o verbal de forma frecuente contra los miembros de la comunidad educativa, dentro o en los alrededores del Colegio.
  • Hacer uso excesivo de la fuerza para defenderse: tomar la justicia por las vías de hecho.
  • Usar las diferentes redes sociales y demás aplicaciones tecnológicas para manipular, hostigar, agredir y excluir a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • Agredir de palabra o de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • Escribir expresiones vulgares o gráficos insultantes contra cualquier miembro de la comunidad educativa, en cualquier objeto, útil o pared del Colegio.
  • Presentarse al Colegio o a cualquier actividad interna o externa bajo los efectos de cualquier tipo de sustancia psicoactiva o sustancia que altere el sano desempeño sensorial o mental, o por aquellas que sin ocasionarlo sean prohibidas por el Colegio.
  • Las demás situaciones que alteren las normas y la convivencia institucional, especialmente aquellas que van en contra de los deberes o derechos propios o de los demás miembros de la comunidad educativa.

Causales de agravación: Se consideran causales de agravación las siguientes:

  • La reincidencia en la comisión de situaciones que dieren lugar a un proceso de convivencia dentro del mismo año escolar.
  • La acumulación de faltas de convivencia escolar efectuadas y sancionadas a través de los años de escolarización de un estudiante en el Colegio.
  • La presencia de situaciones de convivencia en coparticipación con otro(s) estudiante(s).
  • Omitir, tergiversar o aumentar la información suministrada durante el proceso de investigación.
  • Realizar o propiciar una situación de convivencia para ocultar una anterior o para preparar, facilitar o ejecutar otra.
  • Rehuir la responsabilidad, atribuyéndosela a un tercero.
  • Impedir la comunicación oral o escrita entre el colegio y la familia en la que se reporte una falta de convivencia escolar.

Causales de atenuación: Se consideran causales de atenuación las siguientes: 

  • Edad y circunstancias personales del infractor.
  • La buena conducta anterior.
  • El reconocimiento de la situación de convivencia en forma oportuna y/o la confesión.
  • El resarcimiento del daño por iniciativa personal, cuando a ello haya lugar.
  • Haber sido inducido u obligado, por alguien mayor en edad, a participar o ejecutar una acción que afecte la convivencia.

6.12.3 Situaciones TIPO III con incidencia en los procesos de convivencia escolar.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el título IV del libro II de la ley 599 de 2000 o cuando constituya cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

Son consideradas situaciones TIPO III:

  • Traer, portar o guardar armas de cualquier tipo en el Colegio.
  • Traer, portar, traficar drogas, licor o cualquier tipo de sustancia psicoactiva que altere el sano desempeño sensorial o mental, o por aquellas que sin ocasionarlo sean prohibidas por el Colegio.
  • Traer, portar, traficar o consumir vapeadores, vaporizadores (vaping) o cigarrillo eléctrico en el Colegio portando o no el uniforme institucional.
  • Utilizar, traer, portar, vender, comprar o guardar, esencias, saborizantes o cualquier otro elemento que permita el acto de vapear, aspirar o fumar sustancias prohibidas por el Colegio, portando o no el uniforme, dentro o a los alrededores de este.
  • Porte o uso de artefactos explosivos.
  • Robo comprobado.
  • Inducir, manipular u obligar a otras personas a cometer actos que atenten contra la ley, la moral, disciplina, conducta y buenas costumbres que exigen la ley y el Colegio.
  • Falsificar firmas de sus acudientes o de cualquier otro miembro del Colegio.
  • Suplantar la identidad de otras personas a través de correos electrónicos, aplicaciones o redes sociales.
  • Las demás situaciones que alteren las normas y la convivencia institucional, especialmente aquellas que atenten contra sus deberes o los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa

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